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FAQ

Respuestas claras a dudas habituales antes de contactar con el despacho o preparar documentación inicial.

Preguntas frecuentes

¿La información publicada es asesoramiento jurídico?

No. La información publicada tiene naturaleza general y no constituye por sí misma asesoramiento jurídico individualizado. Para tomar decisiones personales o empresariales en el ámbito jurídico es necesario analizar antes el caso concreto.

¿Puedo explicar mi caso antes de encargar una actuación?

Sí. El primer contacto permite situar el asunto, identificar su urgencia, comprobar el área jurídica afectada y valorar qué documentación conviene revisar antes de tomar decisiones. Puede llamar o escribir por email indicando brevemente el tipo de asunto, si existe algún plazo próximo y qué documentos tiene disponibles.

¿Qué tipos de asuntos lleva el despacho?

El despacho trabaja en áreas como Derecho Civil, Penal, Administrativo, Inmobiliario, Familia, Mercantil, Laboral, Medio Ambiente y Entretenimiento/Propiedad Intelectual. En cada caso se valora si el asunto requiere actuación judicial, negociación, reclamación previa, documentación contractual, actuación notarial, intervención registral o coordinación con otros profesionales.

¿Puedo consultar por WhatsApp?

No se atienden ni se dan consultas generales por WhatsApp. WhatsApp queda limitado a urgencias penales, para situaciones que requieren una comunicación especialmente rápida por la naturaleza del asunto.

¿Por qué no se publican encargos o juicios ganados?

El despacho no utiliza asuntos ganados, encargos concretos o resultados profesionales como argumento publicitario. Esta decisión responde a las obligaciones deontológicas y a las reglas que ordenan el ejercicio profesional y la publicidad de la abogacía, además de proteger la confidencialidad de los clientes. La comunicación se centra por ello en áreas de práctica, forma de trabajo e información general, sin revelar datos de clientes ni asuntos concretos.

¿Qué ocurre con honorarios y provisiones?

Los honorarios y provisiones se tratan de forma individual según el asunto, su complejidad, la documentación existente y las actuaciones necesarias, preferentemente por escrito y antes de iniciar actuaciones relevantes. Cuando no sea posible fijar el coste completo desde el inicio, se procurará indicar una estimación, rango orientativo, fases del encargo o criterio de revisión.

¿Qué ocurre con la llamada quota litis?

La promesa de retribución exclusivamente ligada a lo obtenido ha tenido históricamente límites y cautelas en España. Por eso, los honorarios deben tratarse de forma clara, individualizada y conforme a las normas profesionales aplicables, atendiendo al encargo concreto y a las actuaciones que sean necesarias.

¿Tengo que otorgar poder ante notario antes de ir a juicio?

En muchos procedimientos es necesario designar abogado y procurador de forma fehaciente. Puede hacerse mediante poder notarial o, en determinados casos, mediante apoderamiento apud acta ante la Administración de Justicia. La forma adecuada depende del procedimiento, del momento procesal y de las necesidades prácticas del asunto.

¿Tendré que acudir a una vista o audiencia?

Depende del tipo de procedimiento, del órgano competente y del momento procesal en que se encuentre el asunto. En litigios ante tribunales puede ser necesario, aunque no siempre. Se explica al cliente cuando la asistencia personal sea necesaria o previsible.

¿Quién trabajará en mi caso?

El asunto se trata directamente con el despacho. Además, cuando la materia lo exige, puede ser necesario coordinarse con procuradores, peritos, investigadores, especialistas forenses, traductores, economistas, psicólogos, asistentes legales u otros profesionales.

¿Se consultará conmigo antes de negociar o resolver mi asunto?

Sí. Ningún asunto debe resolverse sin consentimiento expreso del cliente. Cuando se inicien negociaciones o exista una propuesta relevante, se informará al cliente para que pueda participar, recibir consejo y decidir.

¿Cómo se ejecuta una sentencia civil?

La ejecución de una sentencia civil suele requerir una demanda ejecutiva, con abogado y procurador cuando proceda, dentro de los plazos legales. Tras su presentación, el juzgado puede conceder plazo para el cumplimiento voluntario y, si no se produce, pueden solicitarse medidas de averiguación patrimonial, embargo de bienes suficientes, intereses y costas cuando correspondan.

¿Qué diferencia hay entre abogado, procurador, solicitor, barrister o attorney?

En España, el abogado asume la defensa técnica y debe estar colegiado en un Colegio de Abogados para ejercer. El procurador representa procesalmente al cliente y canaliza comunicaciones oficiales con los tribunales cuando su intervención es necesaria. En otros países existen figuras como solicitor, barrister, attorney, avocat, Rechtsanwalt, avvocato o advocaat, pero sus funciones no siempre equivalen exactamente a las españolas.

¿Qué es un procurador y por qué puede ser necesario?

El procurador es un profesional distinto del abogado. En muchos procedimientos judiciales españoles asume la representación procesal formal del cliente ante el juzgado o tribunal, recibe notificaciones, presenta escritos a través de los sistemas procesales y mantiene la relación formal con la oficina judicial. El abogado dirige la defensa técnica y la estrategia jurídica; el procurador representa procesalmente y facilita la tramitación. Para clientes extranjeros conviene explicarlo desde el inicio porque no siempre existe una figura equivalente en otros sistemas jurídicos.

¿Puedo contactar en inglés?

Puede contactar con el despacho por teléfono o email e indicar que necesita comunicarse en inglés. La atención se organizará en función del asunto y de la documentación disponible.